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Jue, Mar

Derecho de nacimiento

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 Desde el año 2004, se encuentra vigente en la Argentina la ley 25929, que refiere a los derechos que tienen los padres e hijos durante el proceso de gestación y de nacimiento.

Esta ley, en primer lugar, establece que las obras sociales y los servicios de medicina prepaga deben brindar las prestaciones que se refieren al derecho que tiene la madre a informarse y formarse en los momentos de pre parto, parto y post parto acerca de las intervenciones médicas que pueden ocurrir. Al mismo tiempo, hace mención al trato respetuoso y a preservar la intimidad de la madre, como a la garantía de considerarla como una persona sana, para que pueda participar de manera activa durante todo el desarrollo de la gestación.

La norma afirma que debe asegurarse el parto natural considerando los tiempos biológicos y psicológicos, y que debe notificarse a la madre sobre la evolución de su parto y el estado de su hijo. La información que concierne a la lactancia y cuidados del recién nacido también deben ser brindados a la madre, y se garantiza su permanencia junto a su hijo en el establecimiento sanitario. 

La ley no sólo se pronuncia sobre los derechos de la madre, también reconoce e incluye a los de padres e hijos. De esta forma, se reafirma el derecho del recién nacido a una identidad, a un trato digno y respetuoso, y a que los padres estén informados respecto a los cuidados necesarios.

Por último, se expide sobre las atribuciones de los padres de niños en situación de riesgo. Tienen derecho a un conocimiento del estado de salud de sus hijos, y de su evolución; acceso constante al bebé, siempre que la situación lo permita; garantiza la lactancia materna; y por otro lado a consentir y autorizar las intervenciones necesarias, bajo la supervisión del comité de ética.

El amor de padres y madres no está sujeto a norma, es una ley natural y universal. Los cuidados y derechos de los recién nacidos y sus progenitores deben estar reafirmados y garantizados para el desarrollo de una vida plena.