Licencia por maternidad

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La licencia por maternidad, también conocida como licencia parental (o por paternidad), es el tiempo que se le otorga a una madre o un padre para ausentarse del trabajo a fin de cuidar a su hijo, ya sea durante el embarazo o después del  nacimiento.

Toda mujer argentina que trabaja tiene derecho a una protección especial, así como a un período de alejamiento remunerado del trabajo, tanto antes como después del parto.

La mujer embarazada tiene el deber de informar el embarazo a su empleador mediante un certificado médico que compruebe su estado.

La fecha probable de parto, que surge del certificado médico, es la que indica el momento de iniciar la licencia. Está prohibido que una mujer trabaje durante los 45 días anteriores al nacimiento de su hijo. Sin embargo, se pueden reducir a 30 y acumular los días restantes para el post parto.

La licencia por maternidad, está reglamentada por la ley de contrato de trabajo número  20.744, donde se especifica que dicha licencia es de 90 días, 45 antes del parto y 45 después.

Suele ocurrir que las embarazadas prefieren seguir trabajando hasta el octavo mes, para que le queden más días con su bebé una vez que nació. Ello se puede arreglar con el empleador, ya que es totalmente legal.

Existen a su vez, legislaciones  y convenios especiales que fijan plazos más extendidos, como por ejemplo, el estatuto docente de la provincia de Buenos Aires que establece que “el personal femenino gozará de licencia por embarazo y maternidad por el término de 135 días corridos, a partir del séptimo mes y medio de embarazo”. Aclara, además, que en caso que en el lugar de trabajo hubiera casos de rubéola, hepatitis o sarampión, entre otras enfermedades, las mujeres que se encuentren en el primer cuatrimestre, pueden pedir un traslado, o no ir a trabajar.

El 30 de junio de 2009, los abogados del Ministerio de Trabajo, tuvieron que redactar una norma que se publicó en el Boletín Oficial y que estableció que a las embarazadas, junto a otros trabajadores vulnerables como los oncológicos o los inmuno comprometidos, se les otorgaba una licencia preventiva de 15 días corridos para evitar contagios de Gripe A (resolución 471).

Si a criterio del médico, el embarazo fuere de alto riesgo, el período de preparto podrá aumentarse por el tiempo que médicamente fuera recomendado. El alto riesgo deberá acreditarse con el diagnóstico médico, y la licencia derivada de él, podrá solicitarse por la mujer o su médico.   

Las docentes de educación física, danza y expresión corporal, las que deban realizar esfuerzos, las que inhalan sustancias nocivas o toman placas radiográficas, “podrán solicitar un cambio transitorio de función, hasta gozar de la licencia por maternidad”.

La legislación protege a todas las mujeres embarazadas o en período de lactancia, no sólo en su derecho a conservar su puesto de trabajo, sino en que se las deberá eximir de tareas peligrosas o penosas en su estado.

Una vez terminado el plazo de la licencia, si la mujer lleva más de un año de antigüedad en su puesto de trabajo, puede optar por tomar una excedencia de entre 3 y 6 meses más, que son sin goce de sueldo. En caso de querer tomarlos, es obligatorio avisar dentro de las 48 horas anteriores a la fecha de reincorporación, ya que de lo contrario, se puede considerar rescindido el contrato laboral.

Al retomar al trabajo, es obligatorio que se le devuelva el empleo anterior. En caso de que sea un puesto inferior o superior, deberá ser una decisión de mutuo acuerdo entre la empleada y el empleador.

En caso de negarse la reincorporación, la empleada puede considerarse despedida y tendrá que recibir la indemnización correspondiente a un despido injustificado. La compensación será menor, si es la empleada quien decide no retomar su vida laboral.

Desde su reincorporación al trabajo, y hasta que la lactancia cumpla un año, está el derecho a dos descansos diarios de media hora por jornada completa, para amamantar al bebé.

Al margen de todos los derechos, quedará en la mujer que acaba de tener a su hijo, la decisión de volver o no a trabajar. Criar un hijo es un trabajo muy demandante, y es por ello, que es la mujer, quien deberá decidir si quiere dedicarse al trabajo de la maternidad full time o si prefiere obtener ayuda y retomar su carrera profesional.